Acta de autorización a menor para salir del país
Actas notariales y certificaciones
Descripción
A través de una declaración de los progenitores en un acta notarial con fuerza probatoria plena, en los términos de los artículo 601 del Código Civil para el Estado de Puebla, se autoriza su menor hijo para que pueda salir del país, sin Él o Ellos, a entera satisfacción de las autoridades migratorias, y le permitan a su menor hijo la salida del territorio nacional; y se pueden autorizar otras cosas, como por ejemplo que esa persona esté autorizada para tomar decisiones por el menor en el extranjero.
Puede redactarse que salga una vez, o múltiples salidas y entradas, por el tiempo que deseen
Requisitos
De los PROGENITORES: Datos personales, CURP, identificación, comprobante de domicilio y acta de matrimonio (si aplica).
Copia certificada del acta de nacimiento y pasaporte del menor.
De la persona responsable del menor en el viaje, pasaporte.
En caso de ser la autorización específica se requiere el itinerario del viaje
Trámites
Sí el documento servirá para autorizar al menor para viajar por el extranjero, es necesario que éste se apostille
Descarga de formatos
Esta información se deberá entregar en la recepción de la Notaría 22