Proceso Sucesorio Testamentario

Testamentos, actos de última voluntad y sucesorios

Descripción

Herencia es la sucesión en los bienes, derechos y obligaciones del difunto que no se extinguen por la muerte.

En el caso, si usted tiene el Testamento significa que el Testador dispuso de sus bienes y derechos para después de su muerte, y hay que verificar que éste sea el último otorgado, ya que en la medida que se van otorgando testamentos se van revocando los anteriores.   Esto implica que hay que verificar cual es el último.

Existe un sistema de registro de Testamentos y hay que validarlo.  También hay que validar la legitimación de los presuntos herederos y legatarios, ya que éstos pueden ser incapaces para heredar; y se realizan publicaciones, si nadie se opone  y es el último testamento el presentado ante el suscrito Notario, se les declarará herederos y u o legatarios; así mismo se declarará al albacea provisional como definitivo.

Se formulará un Inventario y Avalúo de los bienes que dejó el de cujus (bienes relictos).

Se rendirán cuentas por el o los albaceas y se hace un convenio de partición.

Hecho lo anterior se procede a la entrega de legados y adjudicación de los bienes .

 

 

Requisitos

  • Acta de defunción.
  • Datos personales de todos los herederos y u o legatarios, consistente en: nombre completo, originario, fecha de nacimiento, estado civil, ocupación, domicilio, INE, comprobante de domicilio, Constancia de Situación Fiscal, acta de nacimiento y acta de matrimonio.
  • Escrituras de propiedad.
  • Boleta Predial al corriente.
  • Estado de Cuenta Bancario a la fecha de la defunción del Testador.
  • Facturas de automóviles.
  • Relación de otros bienes

Trámites

  • Se piden informes al Registro Público de la Propiedad.
  • Se piden informes al Archivo General de Notarias.
  • Se piden informes al Registro Nacional de Testamentos
  • Se hacen 2 publicaciones en el periódico de mayor circulación del Distrito Judicial del domicilio del Testador, con un intervalo de diez días.
  • Se inscribe el nombramiento de albacea definitivo en cada uno de los bienes inmuebles materia de la sucesión.
  • Si fuera necesario, se piden informes a la Comisión de Instituciones de Seguros y Fianzas, así como a la Comisión Nacional Bancaria, para conocer si dejó el Testador seguros y Cuentas Bancarias y u o Inversión

Descarga de formatos

Esta información se deberá entregar en la recepción de la Notaría 22